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Título 3 - Poder Ejecutivo
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Capítulo 33 - Retiro del Personal del Gobierno
Capítulo 33 - Retiro del Personal del Gobierno
§ 761. Sistema de Retiro de los Empleados—Creación: fechas de vigencia y de aplicación; coordinación con el seguro social federal
§ 761a. Sistema de Retiro de los Empleados—Beneficios de Retiro de los Empleados del Sistema
§ 762. Sistema de Retiro de los Empleados—Fondos o planes de pensiones, sustituidos
§ 764. Sistema de Retiro de Empleados—Matrícula
§ 765. Sistema de Retiro de los Empleados—Servicios acreditables
§ 765a. Sistema de Retiro de los Empleados—Pago y acreditación de servicios acreditables no cotizados
§ 766. Sistema de Retiro de los Empleados—Anualidad por retiro
§ 766a. Sistema de Retiro de los Empleados—Anualidad de mérito por treinta (30) o más años de servicio
§ 766b. Sistema de Retiro de los Empleados—Cálculo de retribución promedio para nuevos participantes
§ 766c. Sistema de Retiro de los Empleados—Acreditación de servicios a nuevos participantes
§ 766d. Sistema de Retiro de los Empleados—Anualidades para nuevos participantes
§ 766f. Policía—Aumentos
§ 766g. Retiro obligatorio para Servidores Públicos de Alto Riesgo
§ 768. Sistema de Retiro de los Empleados—Anualidades por traspaso; privilegio opcional al ocurrir retiro
§ 768a. Sistema de Retiro de los Empleados—Coordinación de la anualidad por traspaso con beneficios de seguro social
§ 769. Sistema de Retiro de los Empleados—Anualidad por incapacidad ocupacional
§ 769a. Sistema de Retiro de los Empleados—Coordinación de anualidad por incapacidad con beneficios de seguro social
§ 770. Sistema de Retiro de los Empleados—Anualidad por incapacidad no ocupacional
§ 770a. Sistema de Retiro de los Empleados—Coordinación de la anualidad por incapacidad no ocupacional con beneficios de seguro social
§ 771. Sistema de Retiro de los Empleados—Reglas que regirán las anualidades por incapacidad
§ 772. Sistema de Retiro de los Empleados—Anualidad en caso de muerte por causas ocupacionales
§ 773. Sistema de Retiro de los Empleados—Pagos por defunción; participantes activos; participantes retirados
§ 774. Sistema de Retiro de los Empleados—Reembolsos
§ 775. Administración
§ 776. Sistema de Retiro de los Empleados—Facultades y deberes de la Junta
§ 777. Sistema de Retiro de los Empleados—Facultades y deberes del Administrador
§ 778. Sistema de Retiro de los Empleados—Tesorero y abogado del Sistema
§ 779. Sistema de Retiro de los Empleados—Inversiones y reinversión de reservas
§ 779a. Sistema de Retiro de los Empleados—Inversión de fondos del Sistema en préstamos a empleados
§ 779b. Sistema de Retiro de los Empleados—Depositario
§ 779b-1. Sistema de Retiro de los Empleados—Preservación de beneficios
§ 779b-2. Sistema de Retiro de los Empleados—Presentación de solicitudes antes del 30 de junio de 2013
§ 779c. Sistema de Retiro de los Empleados—Reglamento
§ 781a. Sistema de Retiro de los Empleados—Penalidades
§ 782. Sistema de Retiro de los Empleados—Participación de empresas públicas y municipios
§ 783. Sistema de Retiro de los Empleados—Pagos del Fondo del Seguro del Estado, la Comisión Industrial y el Servicio de Riego de Isabela
§ 784. Sistema de Retiro de los Empleados—Intercambio de Derechos
§ 785. Sistema de Retiro de los Empleados—Beneficios como derechos personales; exenciones
§ 785a. Cobro y administración de préstamos y prelación de créditos
§ 786. Sistema de Retiro de los Empleados—Pagos mensuales; anualidades vitalicias
§ 786-1. Programa de Cuentas de Ahorro para el Retiro—Creación
§ 786-2. Programa de Cuentas de Ahorro para el Retiro—Transferencia
§ 786-3. Programa de Cuentas de Ahorro para el Retiro—Establecimiento de cuentas
§ 786-6. Programa de Cuentas de Ahorro para el Retiro—Obligaciones del patrono, sanciones
§ 786-7. Créditos a la Cuenta de Ahorro, Rentabilidad de Inversión y Derechos sobre la Cuenta de Ahorro
§ 786-8. Débitos
§ 786-9. Beneficios a la separación del servicio
§ 786-10. Programa de Cuentas de Ahorro para el Retiro—Beneficios a la separación del servicio; muerte, incapacidad o enfermedad terminal
§ 786-11. Seguro por incapacidad
§ 786-12. Programa de Cuentas de Ahorro para el Retiro—Aplicabilidad de Ley Uniforme de Valores
§ 786a. Sistema de Retiro de los Empleados—Exención de pago de contribuciones, aranceles y derechos
§ 786b. Sistema de Retiro de los Empleados—Comité de Participación
§ 787. Sistema de Retiro de los Empleados—Obligaciones del patrono; fraude; cláusula de salvedad
§ 787a. Programa Híbrido de Contribución Definida—Creación
§ 787b. Programa Híbrido de Contribución Definida—Transferencia al Programa
§ 787c. Programa Híbrido de Contribución Definida—Beneficios acumulados
§ 787d. Programa Híbrido de Contribución Definida—Establecimiento de cuentas de aportaciones
§ 787e. Programa Híbrido de Contribución Definida—Aportaciones de los participantes
§ 787f. Programa Híbrido de Contribución Definida—Aportaciones del patrono
§ 787g. Programa Híbrido de Contribución Definida—Obligaciones del patrono, sanciones
§ 787h. Programa Híbrido de Contribución Definida—Créditos a la cuenta de aportaciones, rentabilidad de inversión y derechos sobre la cuenta de aportaciones
§ 787i. Programa Híbrido de Contribución Definida—Débitos a la cuenta de aportaciones
§ 787j. Programa Híbrido de Contribución Definida—Beneficios a la separación del servicio
§ 787k. Programa Híbrido de Contribución Definida—Beneficios por muerte, incapacidad o enfermedad terminal
§ 787l. Programa Híbrido de Contribución Definida—Seguro por incapacidad
§ 787m. Programa Híbrido de Contribución Definida—Aplicabilidad de Ley Uniforme de Valores
§ 787n. Programa Híbrido de Contribución Definida—Reciprocidad entre los Sistemas de Retiro; servicios no cotizados de veteranos(as); aportación voluntaria al Programa Híbrido.
§ 787o. Programa Híbrido de Contribución Definida—Disposiciones transitorias
§ 787p. Programa Híbrido de Contribución Definida—Ventana de retiro
§ 787q. Programa Híbrido de Contribución Definida—Déficit de flujo de caja
§ 788. Sistema de Retiro de los Empleados—Intención estatutaria; derogación
§ 788a. Pensión a cónyuge supérstite e hijos
§ 788b. Aumento de pensiones
§ 792. Pago de pensiones y anualidades, suspendido mientras interesado el empleado
§ 793. Pago de pensiones y anualidades, suspendido mientras interesado el empleado—Restitución de pagos
§ 794. Pago de pensiones y anualidades, suspendido mientras interesado el empleado—Interpretación con respecto a otras leyes
§ 796c. Disposiciones transitorias; pensiones menores de $200
§ 797. Reciprocidad entre sistemas
§ 798. Reciprocidad entre sistemas—Definiciones
§ 799. Reciprocidad entre sistemas—Continuidad de créditos por servicios
§ 802. Reciprocidad entre sistemas—Reinstalación de créditos por servicios
§ 803. Reciprocidad entre sistemas—Disposiciones generales
§ 805. Reciprocidad entre sistemas—Efectividad
§ 806. Reciprocidad entre sistemas—Título abreviado
§ 806a. Créditos por servicios en Fuerzas Armadas
§ 806b. Servicios prestados en puestos no regulares
§ 807. Exención contributiva para aportaciones
§ 808. Aportaciones patronales del Fondo del Seguro del Estado y de la Comisión Industrial
§ 810. Empleados del Servicio de Extensión Agrícola—Adopción del plan federal
§ 811. Empleados del Servicio de Extensión Agrícola—Afiliación al plan federal y al estatal
§ 812. Empleados del Servicio de Extensión Agrícola—Reembolso
§ 813. Seguridad Social Federal para Puerto Rico—Definiciones
§ 814. Seguridad Social Federal para Puerto Rico—Convenio entre Puerto Rico y los Estados Unidos
§ 815. Seguridad Social Federal para Puerto Rico—Aportaciones de los empleados
§ 816. Seguridad Social Federal para Puerto Rico—Plan para empleados de instrumentalidades y municipalidades
§ 816a. Seguridad Social Federal para Puerto Rico de instrumentalidades y municipalidades—Referenda entre empleados cubiertos por los sistemas de retiro
§ 817. Seguridad Social Federal para Puerto Rico—Fondo de aportaciones
§ 818. Seguridad Social Federal para Puerto Rico—Reglamentación
§ 819. Seguridad Social Federal para Puerto Rico—Estudios e informes
§ 820. Beneficios por defunción a sobrevivientes de servidores públicos no cubiertos por sistemas de retiro o por seguro social
§ 821. Beneficios por defunción a sobrevivientes de servidores públicos no cubiertos por sistemas de retiro o por seguro social—Administración; reglamentación
§ 822. Beneficios por defunción a sobrevivientes de servidores públicos no cubiertos por sistemas de retiro o por seguro social—Asignaciones
§ 826. Ingresos de pensionados
§ 827. Ingresos de pensionados—Disposiciones incompatibles
§ 827a. Médicos retirados—Contratación
§ 827b. Médicos retirados—Cómputo de tiempo; descuentos
§ 828. Guardia Nacional, empleados civiles
§ 828a. Renuncia
§ 829. Plan de suplementación—Inaplicabilidad de disposiciones de coordinación; contribuciones al Sistema; anualidad
§ 829c. Plan de suplementación—Irrevocabilidad
§ 829d. Plan de suplementación—Declaración de participantes que ingresen al Sistema después Julio 1, 1968
§ 829e. Plan de suplementación—Pensionados menores de 65 años en Julio 1, 1968
§ 830j. Coordinador(a) Agencial para Asuntos de Retiro—Creación
§ 830n. Coordinador(a) Agencial para Asuntos de Retiro—Registración
§ 830o. Coordinador(a) Agencial para Asuntos de Retiro—Alteración de funciones
§ 830p. Coordinador(a) Agencial para Asuntos de Retiro—Aplicación a otras leyes
§ 830q. Plan de pago por los intereses acumulados por concepto de aportaciones adeudadas
§ 830r. Tiempo accreditable por servicios prestados como empleado de confianza