La retribución promedio de todo nuevo participante que ingrese por primera vez al Sistema después del 1ro de abril de 1990, se calculará a base del promedio de los últimos cinco (5) años de servicios acreditados. Este período de cinco (5) años será el período base. Si la retribución anual en cualquiera de los años cubiertos en el período base excediera en más del diez por ciento (10%) la retribución anual en el año inmediatamente precedente, la retribución en exceso de ese diez por ciento (10%) se excluirá del cómputo de la retribución promedio.