§ 830j. Coordinador(a) Agencial para Asuntos de Retiro—Creación

PR Laws tit. 3, § 830j (2018) (N/A)
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Se crea el puesto de Coordinador(a) Agencial para Asuntos de Retiro en toda agencia, instrumentalidad, municipio o empresa pública acogidas a las secs. 761 et seq. de este título, conocidas como “Ley del Sistema de Retiro de los Empleados del Gobierno de Puerto Rico y sus Instrumentalidades”.