§ 827b. Médicos retirados—Cómputo de tiempo; descuentos

PR Laws tit. 3, § 827b (2018) (N/A)
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A las personas acogidas a la disposición de la sec. 827a de este título no se les computará el tiempo que trabajen como empleados especiales para efectos de retiro ni se les hará descuento alguno en ese sentido.