Los empleados del Servicio de Extensión Agrícola de la Universidad de Puerto Rico, acogidos al plan de pensiones del Gobierno de Puerto Rico, que en el futuro adquiriesen el derecho de acogerse al plan de pensiones del gobierno federal, podrán renunciar al primero de dichos planes de pensiones para acogerse al del gobierno federal; y para poder renunciar la afiliación al plan de pensiones del Gobierno de Puerto Rico o al de la agencia o instrumentalidad correspondiente, o al de la Universidad de Puerto Rico, será requisito indispensable haber radicado con anterioridad a dicha renuncia la correspondiente solicitud de ingreso al plan de pensiones del gobierno federal y haber tenido ésta la debida aceptación.