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Subcapítulo II - Partición
Subcapítulo II - Partición
§ 2871. Cuándo se permitirá la partición
§ 2872. Quién podrá pedir la partición
§ 2873. Herederos condicionales; partición provisional
§ 2874. Muerte de uno de los herederos
§ 2875. Partición hecha por testador; pago en metálico en vez de división
§ 2876. Encomienda por el testador de facultad de hacer la partición; deberes del comisario
§ 2877. División hecha por los herederos
§ 2878. Procedimientos legales si los herederos no se ponen de acuerdo
§ 2879. Menores sujetos a la patria potestad
§ 2880. Igualdad en la partición
§ 2881. Disposición de cosa indivisible
§ 2882. Compensación recíproca entre coherederos
§ 2883. Gastos de la partición
§ 2884. Entrega de títulos de adquisición o pertenencia
§ 2885. Título que comprenda varias fincas adjudicadas a diversos coherederos
§ 2886. Subrogación en lugar del comprador