§ 46g. Reglamento interno

PR Laws tit. 8, § 46g (2018) (N/A)
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A partir de la vigencia de esta ley, el Departamento de la Familia, el Departamento de la Vivienda y la Administración de Vivienda Pública, conjunto con las distintas agencias gubernamentales dispuestas en este capítulo, adoptarán un reglamento interno en donde se establecerá la fase administrativa y operacional del centro de cuidado diurno y la reglamentación y monitoreo de calidad en el mismo.