§ 4516f. Representante o Representantes de la CPSS para negociar colectivamente y notificación de intención de negociar colectivamente

PR Laws tit. 5, § 4516f (2018) (N/A)
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(a) El nombre, el número de teléfono, el correo electrónico y la dirección de la oficina de cada uno de los miembros de la CPSS que desean negociar colectivamente;

(b) El nombre, número de teléfono, correo electrónico y la dirección del AT o de la OSS con quien desean negociar;

(c) Prueba de notificación al AT o a la OSS de que unos miembros de una CPSS desean negociar colectivamente y la correspondiente aceptación del AT o de la OSS de negociar;

(d) El tema o los temas, según disponen las secs. 4516a a 4516l de este título, que desean negociar colectivamente;

(e) El área o áreas de práctica en la que cada miembro de la CPSS provee los servicios de salud;

(f) El impacto de la negociación colectiva en la calidad, el acceso o la habilidad del cuidado médico de los pacientes del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico; y

(g) Los beneficios de la negociación colectiva para los miembros representados por la CPSS, el AT o la OSS y los pacientes del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.