Artículo XVII. Impugnación al pliego de subasta o al requerimiento de propuestas

PR Laws tit. 4A, § XVII (2018) (N/A)
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(a) Cualquier persona interesada en participar que no esté de acuerdo con el pliego de subasta o requerimiento de propuestas tendrá derecho a impugnarlo dentro de los tres (3) días laborables siguientes al envío o notificación de disponibilidad a los suplidores y las suplidoras.

(b) El documento de impugnación del pliego de subastas se presentará por escrito ante el Secretario o la Secretaria de la Junta de Subastas, estableciendo en detalle lo objetado en el pliego y el fundamento para ello. Se deberá presentar una copia del escrito al Jefe o a la Jefa de Compras para que paralice el proceso de subasta.

(c) El documento de impugnación del requerimiento de propuestas se presentará por escrito ante el Jefe o la Jefa de Compras, estableciendo en detalle lo objetado en el requerimiento y el fundamento para ello. El Jefe o la Jefa de Compras someterá la impugnación ante la consideración del Comité Evaluador una vez se designe conforme el Artículo XIV(3)(e) de este reglamento.

(1) Desestimar la solicitud de impugnación y ordenar que se continúen los trámites correspondientes;

(2) enmendar el pliego de subasta o el requerimiento de propuestas y emitirlo nuevamente, o

(3) cancelar la subasta o el requerimiento de propuestas.

(d) De no estar conforme con la desestimación de su solicitud de impugnación, la parte promovente tendrá un término de cinco (5) días laborables para presentar una reconsideración ante el Director Administrativo o la Directora Administrativa, según dispone el Artículo XVIII.