La solicitud para la concesión de una licencia sabática se presentará por escrito previo al comienzo del año fiscal (antes del 1 de julio) en el cual se pretende disfrutar del referido beneficio, y no menos de tres meses antes de la fecha en la cual se interesa comenzar la licencia.
La solicitud incluirá la fecha de comienzo y terminación de la licencia solicitada y expondrá el propósito, con una descripción detallada del proyecto o de la actividad para la cual se solicita. También deberán especificarse las razones que justifican la concesión de la licencia en términos de los beneficios que representaría para la administración de la justicia y para la Rama Judicial y para el desempeño de las funciones judiciales del o de la solicitante. En caso de solicitarse por un término mayor de seis meses, se incluirán las razones que justifican su extensión.
La solicitud se someterá por escrito a la Directora Administrativa o al Director Administrativo de los Tribunales, quien la referirá a la Junta Académica de la Academia Judicial con sus recomendaciones, en un término de quince días. Toda solicitud que no satisfaga los requisitos antes expresados, será rechazada de plano y se devolverá.