Regla 42. Término para presentar el recurso

PR Laws tit. 4A, § 42 (2018) (N/A)
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El recurso de certiorari para revisar las sentencias del Tribunal de Primera Instancia, descrito en la Regla 41 de este apéndice, se formalizará mediante la presentación de una solicitud dentro del término jurisdiccional de diez (10) días, contados a partir del archivo en autos de copia de la notificación de la sentencia recurrida. Cuando se presentare una moción de reconsideración ante el Tribunal de Primera Instancia, dicho término comenzará a contar desde el archivo en autos de copia de la notificación de la resolución resolviendo la moción de reconsideración.

La solicitud de certiorari constituirá el alegato de la parte peticionaria, a no ser que el Tribunal de Apelaciones provea otra cosa de conformidad con las Reglas 51 y 53 de este apéndice.