Las juezas y los jueces serán puntuales en el cumplimiento de sus obligaciones y reconocerán el valor que tiene el tiempo de las abogadas y los abogados, litigantes, jurados, testigos y todas las personas que comparezcan ante el tribunal.
Comenzarán las sesiones a las horas regulares de sesión de conformidad con la reglamentación vigente, a menos que las circunstancias de los asuntos del calendario ante su consideración se lo impidan. En tales casos, explicarán a las partes, abogadas, abogados y al público presente, las razones que impidieron abrir la sesión a la hora señalada.