§ 3353s. Acciones del fiduciario contra terceros

PR Laws tit. 32, § 3353s (2018) (N/A)
Copy with citation
Copy as parenthetical citation

El fiduciario puede deducir contra terceros cualquier acción que podría instar por sí mismo, si los bienes del fideicomiso le pertenecieran pero, si indebidamente deja de deducir alguna, el fideicomisario puede hacerlo, uniendo al fiduciario como codemandado.