§ 3352q. Facultades de administración

PR Laws tit. 32, § 3352q (2018) (N/A)
Copy with citation
Copy as parenthetical citation

(a) Recibir agregaciones al capital;

(b) continuar la operación de cualquier negocio o empresa y para incorporarlas, disolverlas y de otra manera cambiar su forma de organización;

(c) decidir final e inapelablemente lo que constituye capital y lo que constituye renta del fideicomiso;

(d) invertir y reinvertir los fondos del fideicomiso, procurando minimizar los riesgos mediante la diversificación de las inversiones, a menos que bajo las circunstancias no sea prudente hacerlo; depositar los dineros del fideicomiso en cualquier banco, aun cuando el banco elegido sea operado por él mismo;

(e) administrar, desarrollar, mejorar, permutar, dividir y modificar cualquier propiedad del fideicomiso o abandonar cualquier interés en dicha propiedad; efectuar las mejoras y reparaciones ordinarias y extraordinarias que juzgue necesarias en los inmuebles del fideicomiso y para deshacer dichas mejoras y levantar nuevas edificaciones y mejoras;

(f) asegurar los bienes del fideicomiso contra daños o pérdidas y a sí mismo contra responsabilidad respecto de terceros;

(g) concertar contratos de arrendamiento, aunque se extiendan más allá del término del fideicomiso;

(h) tomar préstamos de dinero a ser pagados de los activos del fideicomiso o en otra forma; adelantar dineros propios para la protección del fideicomiso y para el pago de los gastos, pérdidas y responsabilidades incurridas en la administración del fideicomiso, por cuyos adelantos, más sus intereses, tendrá un gravamen sobre los bienes del fideicomiso imputable al fideicomisario; adjudicar partidas de ingresos o de gastos a la renta o al capital, con arreglo a la ley; hacer descuentos al fideicomiso para cobrar su remuneración o el reembolso de gastos, conforme a las secs. 3352v y 3352w de este título;

(i) pagar o resistirse a pagar cualquier reclamación, transigir cualquier reclamación contra el fideicomiso, o del fideicomiso contra tercero, mediante arbitraje, amigable composición (mediación) o de otra forma; dar finiquitos parciales o totales respecto de cualquier reclamación que pertenezca al fideicomiso, en la medida en que tal reclamación sea incobrable o haya sido satisfecha y para pagar contribuciones de todo tipo;

(j) emplear abogados, contadores, asesores en inversión y agentes, incluso cuando éstos estuviesen asociados con él en alguna forma, con el fin de que le asesoren y le asistan en el desempeño de sus funciones administrativas y para, en lugar de actuar personalmente, emplear agentes para llevar a cabo actos de administración;

(k) iniciar pleitos, reclamaciones y cualquier otro procedimiento o defenderse de éstos, para la protección del fideicomiso y de los bienes del fideicomiso o del fiduciario en el desempeño de sus funciones, y

(l) otorgar cuantos instrumentos fueren necesarios o convenientes en el ejercicio de sus funciones.