§ 1453b. Disposiciones transitorias—Inicio de operaciones de la Comisión de Relaciones del Trabajo del Servicio Público

PR Laws tit. 3, § 1453b (2018) (N/A)
Copy with citation
Copy as parenthetical citation

La Comisión iniciará sus operaciones a partir del día 1ro de julio de 1998, de modo que pueda prepararse para administrar las disposiciones de este capítulo a partir del día 1ro. de enero de 1999. Durante el período del 1ro. de julio de 1998 al 31 de diciembre de 1998, la Comisión deberá aprobar los reglamentos que sean necesarios para administrar este capítulo; deberá haber establecido sus oficinas en la ciudad de San Juan; deberá haber redactado los procedimientos a ser observados ante la misma; deberá haber diseñado los formularios y documentos necesarios para ejercer sus funciones, y deberá haber reclutado y seleccionado el personal mínimo necesario para comenzar a operar con normalidad a partir del día 1ro. de enero de 1999.