Se autoriza al Secretario a cobrar por el uso o a arrendar la administración y operación de las facilidades de estacionamiento, propiedad o que ocupe el Departamento fuera de horas laborables. Esta determinación es con el propósito de cubrir los gastos de operación y mantenimiento de las facilidades y proveer a la comunidad donde ubica el Departamento alternativas de estacionamiento fuera de horas laborales. Las cantidades recaudadas por este concepto ingresarán al Fondo Especial creado por las secs. 291 a 295u de este título. La persona natural o jurídica a arrendar y/u operar cualquier facilidad del Departamento viene obligada a obtener un seguro de responsabilidad pública a favor del Departamento.