§ 61i. Prestación de servicios—Igualdad

PR Laws tit. 24, § 61i (2018) (N/A)
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Los servicios de asistencia médico-hospitalaria autorizados bajo la sec. 61h de este título se ofrecerán en igualdad de condiciones y serán de la misma calidad que los ofrecidos a los pacientes privados de las personas o instituciones que formalicen acuerdos con el Secretario de Salud.