§ 48e. Terrenos para construcciones médico-hospitalarias—Ayuda federal

PR Laws tit. 24, § 48e (2018) (N/A)
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Cuando el usufructuario desee beneficiarse de cualquier tipo de ayuda concedida por el Gobierno de los Estados Unidos, cualquier condición impuesta al usufructuario por disposición expresa de las secs. 48a a 48g de este título o por autoridad de las mismas, quedará sujeta o será modificada, según sea el caso, de acuerdo con lo que se disponga en la legislación y reglamentos federales que autoricen dicha ayuda, todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en las secs. 48c y 48d de este título.