(1) Luego de que el municipio adquiera la titularidad de la estructura, deberá ponerla en condiciones seguras antes de utilizarlas para el propósito establecido en este capítulo.
(2) La parte interesada deberá notificar al municipio de su intención de anunciarse en la estructura mediante comunicación escrita.
(3) En el contrato, las partes dispondrán quién será el responsable de colocar la propaganda en la estructura, hasta el tiempo acordado.
(4) El municipio creará un reglamento para el cobro de dicho letrero de acuerdo a su forma, ubicación y tamaño.
(5) El municipio firmará un contrato de arrendamiento con la parte interesada y le exigirá una fianza.
(6) Si la parte arrendataria dejara de cumplir con el pago establecido en el contrato de arrendamiento, será responsable por los gastos, costas y honorarios de abogados en que incurra el municipio para hacer cumplir el mismo.