El Departamento de la Vivienda instituirá un proyecto modelo dentro del marco conceptual de vida asistida, a los fines de comenzar la implantación prospectiva de este nuevo esquema regulatorio establecido en el presente capítulo, y poner en ejecución el concepto de vida asistida, según está concebido en el presente capítulo. En cuanto a la administración de dicho proyecto modelo, corresponderá a la entidad previamente escogida por el Departamento y la Oficina.
Este proyecto modelo estará en operación por el término de dos (2) años, al cabo de lo cual la Asamblea Legislativa pasará juicio sobre los resultados obtenidos y podrá extender dicho término si al así hacerlo se promueve la exposición y proliferación de establecimientos de vida asistida. El término de evaluación de dos (2) años comenzará su vigencia a partir de que dicho proyecto haya sido aprobada la certificación como lo establece la sec. 1481b de este título y comience sus operaciones.