§ 3211b. Obligaciones—Instituciones financieras, aseguradoras y compañías de arrendamiento

PR Laws tit. 9, § 3211b (2018) (N/A)
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(a) En el caso de los vehículos de motor o arrastres que hayan sido reposeídos por las instituciones financieras, aseguradoras o compañías de arrendamiento, presentar los documentos que evidencien la cesión de derechos a su favor, su titularidad y la certificación de la condición o estado del vehículo de motor o arrastre, mediante declaración jurada al efecto.

(b) En el caso de los vehículos de motor o arrastres propiedad de instituciones financieras o de compañías de arrendamiento que previamente hayan estado bajo un contrato de arrendamiento a corto o a largo plazo, presentar los documentos que evidencien su titularidad sobre el vehículo de motor o arrastre.