§ 1274. Acuerdos interagenciales

PR Laws tit. 8, § 1274 (2018) (N/A)
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Los Departamentos de la Familia y Salud estarán facultados para establecer acuerdos colaborativos con otras entidades públicas o privadas, cuyo propósito principal sea el tratamiento y/o la prevención del abuso sexual contra menores, con el fin de lograr cumplir los objetivos de este capítulo.

Los componentes del equipo multidisciplinario deben firmar un acuerdo interagencial, que claramente los comprometa a cumplir y participar en los procedimientos y protocolos que se desarrollen de conformidad a las disposiciones de este capítulo. De la misma forma, debe estipularse el seguimiento riguroso del principio ético de confidencialidad y protección al material clínico provisto por el menor o producido como resultado de los esfuerzos del Equipo Multidisciplinario en el CIMVAS.