§ 1269. Características mínimas que deben poseer los CIMVAS

PR Laws tit. 8, § 1269 (2018) (N/A)
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(1) Ubicación física fuera de las agencias que participan en el proceso de protección y/o atención a las víctimas de abuso sexual.

(2) Respuesta integrada de un equipo multidisciplinario, que incluya a la policía, personal de protección a menores, ministerio público, salud física y mental, y asistencia a víctimas.

(3) Servicio de entrevistas forenses.

(4) Apoyo a la víctima y a miembros de su familia cercana (no ofensores).

(5) Evaluación médica y tratamiento especializado en el área de abuso sexual.

(6) Servicios de salud mental especializados por profesionales en el campo de la pediatría y expertos en abuso sexual.

(7) Educación, adiestramiento y apoyo a los profesionales en el campo del abuso sexual.

(8) Disponibilidad amplia de los servicios.

(9) Competencia y diversidad cultural.

(10) Capacidad organizacional.

(11) Cualquier otra característica o requisito que garantice la acreditación de los centros por el National Children's Alliance o cualquier otra entidad competente.