§ 631u. Reclamaciones del consumidor

PR Laws tit. 7, § 631u (2018) (N/A)
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El Departamento tendrá jurisdicción exclusiva para atender reclamaciones de los consumidores relacionados con las agencias rectificadoras de crédito.

El Departamento tendrá jurisdicción en lo que respecta a reclamaciones presentadas por consumidores relacionadas a campañas publicitarias de las agencias rectificadoras de crédito que promocionen ofertas irreales y que resulten perjudiciales a los consumidores.

Cualquier consumidor podrá además radicar una querella en el Departamento de Asuntos del Consumidor para vindicar los derechos concedidos por este capítulo, o que sean consecuencia del incumplimiento contractual de una agencia rectificadora de crédito.

Además, cualquier consumidor podrá radicar una acción judicial en el tribunal competente exigiendo una compensación por daños y perjuicios o cumplimiento específico del contrato o ambos remedios. Cuando el consumidor prevalezca en la acción radicada tendrá derecho a exigir costas y honorarios de abogados.