§ 430c. Fiscalización de la Autoridad

PR Laws tit. 5, § 430c (2018) (N/A)
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La Autoridad tendrá derecho durante el término de veinticinco (25) años a examinar libros, cuentas y récords de la(s) empresa(s) para verificar que los activos enajenados por la(s) empresa(s) sea reinvertido en las operaciones de la(s) mismas.

Será responsabilidad de la(s) empresa(s) proveer anualmente a la Legislatura y a la Autoridad un estado de situación auditado con sus respectivas recomendaciones.