§ 24q. Jueces—Vencimiento de términos

PR Laws tit. 4, § 24q (2018) (N/A)
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Cuando un juez fuese renominado y confiado, el término del nuevo nombramiento comenzará a decursar desde la fecha en que venció el término anterior. Si la renominación no fuere confirmada o fuere rechazada por el Senado, el juez cesará en sus funciones inmediatamente.

Si el juez continúa en funciones en violación a lo dispuesto en esta sección, serán nulas e ineficaces todas las acciones y determinaciones que tome en el desempeño ilegal del cargo y estará sujeto a las sanciones que dispongan las leyes.