Este Reglamento autoriza, a manera de proyecto experimental, la cobertura electrónica de los procesos judiciales mediante la toma de fotografías y la grabación de audio e imágenes, y su reproducción y difusión por los medios de comunicación. Regirá únicamente en los procesos judiciales celebrados en las Salas de Recursos Extraordinarios del Centro Judicial de San Juan, en aquellas otras salas identificadas por el Tribunal Supremo mediante Resolución y cuando el Tribunal Supremo lo autorice conforme a lo dispuesto en la Regla 15 de este Reglamento.