Regla 4. Cómputo de los años de servicio

PR Laws tit. 4A, § 4 (2018) (N/A)
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Para el cómputo de los años de servicio requeridos para ser elegible para una licencia sabática, no se contarán los periodos de cualquier licencia con o sin sueldo y de licencia sabática disfrutados por el o la solicitante, excepto periodos de licencias ordinarias acumuladas para vacaciones o enfermedad.