Regla 25. Requisitos generales de las escrituras matrices

PR Laws tit. 4A, § 25 (2018) (N/A)
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Al expresar el sitio donde radica su notaría, bastará con que el notario exprese el municipio.

El notario expresará el nombre completo de los comparecientes. El mismo comprende los dos apellidos de éstos. Podrá indicar, además, los otros nombres y apellidos por los que fueren conocidos. La comparecencia con el uso de una letra o con un solo apellido será considerado como que constituye el nombre completo del compareciente.

Cuando no fuere necesaria la comparecencia del cónyuge de un otorgante, el único dato requerido es el nombre completo de éste.

Si el otorgante fuere una persona jurídica, deberá ser incluido su número de seguro social patronal, de tenerlo. No será necesario incluir el nombre del cónyuge ni el número de seguro social de quien comparece en carácter representativo o como testigo.