En este reglamento, el término “tribunal” incluirá cualquiera de sus salas, cuando ello sea compatible con el propósito de la regla.
El término “decisión” incluirá cualquier sentencia, resolución, orden, providencia o cualquier otra actuación del tribunal de cualquiera de sus salas y de cualquiera de sus jueces, en los casos apropiados o de cualquier otro tribunal o agencia. El número singular incluirá el plural y viceversa, excepto cuando esto fuere incompatible con el espíritu y propósito de la disposición.