Artículo 2. Conceptos básicos

PR Laws tit. 4A, § 2 (2018) (N/A)
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Los empleados de la Rama Judicial del Estado Libre Asociado de Puerto Rico recibirán un trato justo y equitativo, sin discrimen de clase alguna por motivos de raza, credo, color, sexo, condición social o afiliación política, excepto lo dispuesto en la Regla 24(1)(d) de las Reglas de Personal de la Rama Judicial, Ap. XII de este título. A tal efecto, el Sistema de Personal garantizará la práctica de estos principios básicos y operará en forma tal que asegure y proteja el desarrollo de las potencialidades del empleado y el crecimiento de su eficiencia en el trabajo con un mínimo de formulismos administrativos.

Este reglamento contiene todo lo esencial para establecer un sistema de carrera dentro de la Rama Judicial. Reconociendo que bajo la ley, la administración de una justicia igual para todos es crucial para el bienestar de los puertorriqueños, tanto en su condición de seres individuales como en su condición de miembros de la comunidad del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, la política y la acción de la Rama Judicial, están basadas en la obligación de no escatimar esfuerzos en atraer, desarrollar y retener para sus puestos, aquellas personas cuyas actitudes, conocimientos y experiencias, son esenciales para ese gran propósito. Estos esfuerzos descansarán en métodos creativos para un reclutamiento eficiente y rápido; en un plan de clasificación que reconozca los distintos niveles de trabajo y cómo comparan unos con otros, la disponibilidad de destrezas en el mercado de trabajo y un plan de retribución que compita favorablemente con el de otros empleados públicos; en procedimientos eficaces para evaluar el trabajo que rinden los empleados y el reconocimiento y premiación de labores meritorias y en el uso de disciplina, en la medida que sea necesaria, para mantener patrones deseables en cuanto a la eficiencia, tanto individual como grupal. Estas normas se establecerán y aplicarán en base al mérito individual y estarán disponibles, como referencia, para los supervisores y empleados, en cada sala del Tribunal General de Justicia o en las dependencias principales de la Rama Judicial. En esta forma, la Rama Judicial establece dentro del concepto de este sistema de carrera la participación de supervisores y empleados en la administración del sistema de personal, en el mejoramiento de la producción del cuerpo gerencial y la efectividad de los servicios al pueblo.

Los supervisores, en todos los niveles, son responsables de la labor, día a día, de los empleados bajo su jurisdicción. Esta es la función más importante de su trabajo. Se espera que dediquen su mayor atención al desarrollo y a la supervisión de sus empleados. Ellos pueden recurrir al Director Administrativo de los Tribunales o la persona en quien éste delegue, para asesoramiento y ayuda en la administración de personal.

Se espera que cada empleado se aproveche de las oportunidades que se le brindan para estar mejor informado de las funciones, responsabilidades y autoridad de la Rama Judicial para mantenerse al tanto de los adelantos en su campo de trabajo, procurarse su propio mejoramiento en áreas de su interés y desempeñar su obligación como parte de un grupo de trabajo efectivo, conforme a las normas establecidas.