El personal afectado por la asignación o reasignación de un puesto que no esté conforme con la misma tendrá derecho a radicar ante el Juez Presidente, o la persona en quien éste delegue, una solicitud de reconsideración en o antes de transcurridos quince (15) días de habérsele notificado esta acción. De la determinación tomada por el Juez Presidente, o la persona en quien éste delegue, el querellante podrá recurrir ante la Junta de Personal de la Rama Judicial dentro del término de quince (15) días subsiguientes a la notificación.