Regla 12. Disposición del recurso

PR Laws tit. 4A, § 12 (2018) (N/A)
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(1) Denegar la expedición del recurso;

(2) expedir el auto definitivo y dictar sentencia en los méritos confirmando, modificando o revocando la decisión objeto del recurso;

(3) ordenar que se continúe con el trámite ordinario del recurso, o

(4) dictar cualquier otra providencia u orden.