Canon 23. Deber general

PR Laws tit. 4A, § 23 (2018) (N/A)
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Las juezas y los jueces se comportarán públicamente de manera que sus actuaciones no provoquen dudas sobre su capacidad para adjudicar imparcialmente las controversias judiciales no deshonren el cargo judicial y no interfieran con el cabal desempeño de sus funciones judiciales.