Artículo VIII. Asuntos de personal, procesos fiscales y procedimientos para el funcionamiento interno

PR Laws tit. 4A, § VIII (2018) (N/A)
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Los asuntos de administración de recursos humanos del Negociado para la Administración del Servicio de Jurado se regirán por la reglamentación que esté vigente para el personal de la Oficina de Administración de los Tribunales.

Los procesos fiscales que lleve a cabo el Negociado se llevarán de conformidad con las normas generalmente aceptadas de contabilidad pública según expresadas en la reglamentación vigente en la Oficina de Administración de los Tribunales. El pago de los honorarios, los gastos de transportación y los gastos de alimentación o dietas a que tengan derecho las personas que presten servicio como jurado, se efectuarán según establece el Reglamento de Honorarios, Gastos de Viaje y Dietas para Jurados y Testigos, del 28 de enero de 1971, según enmendado, Ap. X del Título 4.

El(La) Director(a) Administrativo(a) de los Tribunales dispondrá los procedimientos para el funcionamiento interno del Negociado.