Regla 7. Presentación de la declaración jurada

PR Laws tit. 4A, § 7 (2018) (N/A)
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Cuando el tribunal tenga que realizar la determinación de indigencia, podrá requerirle a la persona que reclama su derecho a representación legal gratuita que presente evidencia jurada del estado de su insolvencia y de su imposibilidad de obtener recursos económicos para pagar los servicios de abogado o abogada. También podrá requerirle que presente cualquier otra evidencia que considere necesaria para determinar la indigencia.

En caso de requerir la presentación de la declaración, el juez o la jueza que atienda el procedimiento entregará a la persona indigente copia del formulario uniforme de Declaración Jurada sobre Estado de Indigencia emitido por la OAT que contendrá los criterios básicos de elegibilidad y una advertencia sobre las sanciones legales aplicables al solicitante por mentir bajo juramento sobre su situación económica y sobre su posibilidad de obtener recursos económicos para pagar su representación legal. La persona indigente, o la persona que solicite por éste o ésta su derecho a representación legal gratuita, completará la declaración jurada en todas sus partes, y ésta se unirá al expediente del procedimiento.