Regla 4. Administración del sistema de selección de abogados y abogadas de oficio

PR Laws tit. 4A, § 4 (2018) (N/A)
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(a) La forma de seleccionar los abogados y abogadas que rendirán los servicios de oficio;

(b) la preparación de una lista con los nombres de los abogados y abogadas sujetos a recibir asignaciones de oficio;

(c) las personas que estarán a cargo de la supervisión y custodia de la lista;

(d) la frecuencia y forma en que se modificará la lista, y

(e) el modo mediante el cual se determinará el orden de los nombres de la lista para el proceso de asignación de casos de abogados de oficio a tenor con las normas establecidas.