Se prohíbe el acceso al expediente judicial con excepción de aquellos funcionarios indispensables que el Juez Administrador de la región judicial correspondiente designe para auxiliar al juez y dar vigencia al mandato de la ley y este reglamento.
Todo expediente judicial bajo la custodia del tribunal es de carácter confidencial y solamente será fotocopiado o duplicado por orden del tribunal, a los efectos de investigación o preparación de un juicio o cuando se muestre justa causa.