Regla 2.3. Procedimientos en el Tribunal de Primera Instancia—Prohibición de acceso al lugar de depósito de documentos y grabaciones y designación de personal autorizado por el Juez Administrador de la Región Judicial; confidencialidad de documentos y grabaciones; orden del tribunal para su reproducción

PR Laws tit. 4A, § 2.3 (2018) (N/A)
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Se prohíbe el acceso al expediente judicial con excepción de aquellos funcionarios indispensables que el Juez Administrador de la región judicial correspondiente designe para auxiliar al juez y dar vigencia al mandato de la ley y este reglamento.

Todo expediente judicial bajo la custodia del tribunal es de carácter confidencial y solamente será fotocopiado o duplicado por orden del tribunal, a los efectos de investigación o preparación de un juicio o cuando se muestre justa causa.