Regla 17. Vigencia y derogación

PR Laws tit. 4A, § 17 (2018) (N/A)
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Este reglamento enmendado entrará en vigor el 16 de enero de 1987. Una vez en vigor se entenderá enmendado el anterior reglamento del 1ro de abril de 1983, de acuerdo con la Resolución del Tribunal Supremo, a esos efectos, del 16 de enero de 1987.