Estas reglas se interpretarán de forma tal que en la administración del sistema judicial se garantice en todo momento un servicio rápido y eficiente, y un trato equitativo y deferente a los ciudadanos y las ciudadanas, a los funcionarios y las funcionarias y al personal de los tribunales, de conformidad con la política pública de impedir todo discrimen por razón de género, edad, raza, color, nacimiento, origen o condición social, ideas políticas o religiosas, o inhabilidad o impedimento.