Si la sentencia fuere por condena a prisión, el acusado será trasladado sin demora al cuidado del funcionario correspondiente y será detenido por éste hasta que la sentencia se hubiere cumplido. Lo mismo se hará si la sentencia fuere para el pago de una multa y prisión subsidiaria, cuando la multa no fuere satisfecha. Si después de haber empezado a cumplir la sentencia subsidiaria por falta del citado pago, el confinado deseare satisfacer la multa, se le abonará un dólar por cada día de reclusión que hubiere sufrido por tal falta de pago.