Regla 139. Jurado; deliberación; juramento del alguacil

PR Laws tit. 34A, § 139 (2018) (N/A)
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(a) Mantener a los jurados juntos en el sitio destinado por el tribunal para sus deliberaciones.

(b) No permitir a persona alguna que se comunique en absoluto con el jurado o con cualquiera de sus miembros.

(c) No comunicarse él mismo con el jurado o cualquiera de sus miembros acerca de ningún particular relacionado con el proceso.