Regla 124. Recusaciones perentorias; varios acusados

PR Laws tit. 34A, § 124 (2018) (N/A)
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Cuando varios acusados fueren sometidos a juicio conjuntamente, podrán formular colectivamente el número de recusaciones perentorias especificado en la Regla 123, y además cada acusado podrá formular separadamente dos (2) recusaciones perentorias adicionales.

En tal caso el fiscal también tendrá derecho a un número de recusaciones perentorias adicionales igual al total de recusaciones adicionales que esta regla fija para todos los acusados.