Regla 21. Arresto después de fuga

PR Laws tit. 34A, § 21 (2018) (N/A)
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Si un individuo arrestado o bajo custodia se fugare o fuere rescatado, la persona encargada de su custodia deberá perseguirlo diligentemente y prenderlo de nuevo a cualquier hora y en cualquier lugar, y para ello podrá utilizar los mismos medios autorizados para realizar un arresto.