Regla 8.10. Informe a ser suministrado a organismos públicos o privados

PR Laws tit. 34A, § 8.10 (2018) (N/A)
Copy with citation
Copy as parenthetical citation

El Juez que dicte resolución en la que disponga el ingreso de un menor en una institución ordenará que, dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de dictada, se remita al organismo público o privado un resumen de la información que obre en poder del tribunal relacionada con el menor.