Regla 12.2. Cuándo podrá el demandante hacer parte a un tercero

PR Laws tit. 32A, § 12.2 (2018) (N/A)
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Cuando por cualquier parte en el pleito se presente contra la parte demandante una reclamación, ésta podrá proceder en la misma forma que la parte demandada de acuerdo con la Regla 12.1 de este apéndice.