Regla 12.1. Cuándo podrá una parte demandada hacer parte a un tercero

PR Laws tit. 32A, § 12.1 (2018) (N/A)
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La parte demandada podrá notificar, como demandante contra tercero, un emplazamiento y demanda a una persona que no sea parte en el pleito y que sea o pueda ser responsable a la parte demandada por la totalidad o parte de la reclamación de la parte demandante, o que sea o pueda ser responsable a cualquier parte en el pleito.

La demanda contra tercero podrá presentarse sin permiso del tribunal dentro de los treinta (30) días contados a partir de la fecha de la presentación de la contestación a la demanda o de la réplica a una reconvención. Transcurrido dicho término, deberá solicitarse permiso al tribunal para presentar la demanda, previa demostración de justa causa.

La persona así emplazada, quien en lo sucesivo se denominará “tercero(a) demandado(a)”, presentará sus defensas a la reclamación del(de la) demandante contra tercero según se dispone en la Regla 10 de este apéndice, y presentará su reconvención a la reclamación del(de la) demandante contra tercero y las reclamaciones contra coparte que tenga contra cualquier otro(a) tercero(a) demandado(a) según se dispone en la Regla 11 de este apéndice.

El(La) tercero(a) demandado(a) podrá oponer contra la parte demandante cualesquiera defensas que el(la) demandante contra tercero tenga contra la reclamación de la parte demandante. El(La) tercero(a) demandado(a) podrá también presentar contra la parte demandante cualquier reclamación que surja del acto, de la omisión o del evento que motive la reclamación original en el pleito. La parte demandante podrá presentar cualquier reclamación contra el(la) tercero(a) demandado(a) que surja del acto, de la omisión o del evento que motive su reclamación original en el pleito y el(la) tercero(a) demandado(a) deberá, entonces, presentar sus defensas como se dispone en la Regla 10 de este apéndice y su reconvención y reclamaciones contra coparte según se dispone en la Regla 11 de este apéndice.

Cualquier parte podrá solicitar que se le separe, que se le conceda un juicio por separado o la desestimación de la reclamación contra tercero, y el tribunal podrá dictar sentencia bien sobre la reclamación original o sobre la reclamación contra tercero solamente de acuerdo con la Regla 42.3 de este apéndice. Un(a) tercero(a) demandado(a) podrá proceder de acuerdo con esta Regla 12 de este apéndice contra cualquier persona que no sea parte en el pleito y que sea o pueda serle responsable o a cualquier litigante en el pleito por la totalidad o parte de la reclamación hecha en el pleito.