§ 2776. Quiénes pueden aceptar o repudiar—Asociaciones, corporaciones y fundaciones

PR Laws tit. 31, § 2776 (2018) (N/A)
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Los legítimos representantes de las asociaciones, corporaciones y fundaciones capaces de adquirir, podrán aceptar la herencia que a las mismas se dejare; mas para repudiarla necesitan la aprobación judicial, con audiencia del fiscal.