§ 2521. Facultades cuando el testador no las determine especialmente

PR Laws tit. 31, § 2521 (2018) (N/A)
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(1) Disponer y pagar los sufragios y el funeral del testador con arreglo a lo dispuesto por él en el testamento; y en su defecto, según la costumbre del pueblo.

(2) Satisfacer los legados que consistan en metálico, con el conocimiento y beneplácito del heredero.

(3) Vigilar sobre la ejecución de todo lo demás ordenado en el testamento, y sostener, siendo justo, su validez en juicio y fuera de él.

(4) Tomar las precauciones necesarias para la conservación y custodia de los bienes, con intervención de los herederos presentes.