§ 2514. Albaceas mancomunados—Validez de sus actuaciones

PR Laws tit. 31, § 2514 (2018) (N/A)
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Cuando los albaceas fueren mancomunados, sólo valdrá lo que todos hagan de consuno, o lo que haga uno de ellos legalmente autorizado por los demás, o lo que, en caso de disidencia, acuerde el mayor número.